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Encuentro sobre la reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica

Usuarios, familias y profesionales han conocido y debatido sobre la reforma aprobada el 12 de mayo de 2021

El objetivo es divulgar, sensibilizar y reforzar el concepto de transformación social

Profesionales de reconocido prestigio han participado

legalATADES-Asociación Tutelar Aragonesa de Discapacidad Intelectual ha organizado un encuentro sobre la reforma legal de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Las modificaciones en la legislación civil y procesal conllevan cambios sustanciales en el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Por este motivo, ATADES ha organizado esta jornada divulgativa para dar a conocer y debatir las consecuencias del nuevo entorno jurídico.

Expertos de los ámbitos jurídicos y judicial han informado a profesionales, usuarios y familiares de personas con discapacidad intelectual de los términos de aplicación de la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

En el encuentro han intervenido el fiscal Alfonso Carlos Villacampa Abadías; el notario Jose María Navarro Viñuales; y la abogada Pilar Trasmonte Tormes. Presentando y moderando la jurista experta en discapacidad intelectual y coordinador del área de protección de ATADES, Victoria Ledesma Rivas.

En este contexto, ATADES también organizará dos citas más en la que profesionales informarán y debatirán sobre la reforma en las localidades de Tarazona y Jaca.
Reforma de la legislación

El miércoles 12 de mayo de 2021 se aprobó el Proyecto de Ley de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. El jueves 20 de mayo de 2021, el Congreso de los Diputados respalda las enmiendas incorporadas en el Senado y ese mismo día se aprueba. El 3 de septiembre, entró en vigor.

Esta reforma civil y procesal afecta a un importante número de cuerpos normativos:  Código Civil, Ley del Notariado, Ley Hipotecaria, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad, Ley del Registro Civil, Ley de la Jurisdicción Voluntaria, Código de Comercio y Código Penal.
Principales novedades

legalLas principales novedades de esta reforma es que desaparece el concepto de capacidad modificada o limitada en el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, quedando sin efecto las meras privaciones de derechos de las personas discapacidad o de su ejercicio.

Mediante esta reforma se adapta el ordenamiento jurídico español a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, que establece que estas personas tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, e insta a los Estados a adoptar las medidas pertinentes para proporcionar a las personas con discapacidad, acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.

En este sentido, la Ley se suma a la corriente de provisión de apoyos frente a la suplantación de la voluntad, que se viene instaurando los últimos años en los ámbitos de intervención vinculados a las personas con discapacidad. Se trata de dar el paso de un modelo médico centrado en las limitaciones de la persona, a otro que apuesta por discernir los apoyos específicos que necesita una persona con discapacidad para alcanzar las máximas cuotas de autonomía y autodeterminación.

La Ley mantiene el sistema garantista de protección a aquellas personas con discapacidad que requieren de una curatela representativa (la tutela en el ordenamiento jurídico anterior), así como la curatela asistencial, el guardador de hecho y el defensor judicial.

También se da la posibilidad de determinar de manera voluntaria las medidas de apoyo para la asistencia de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, así como designar a la persona que la ejerza.

Introduce además la figura del “facilitador” que ya estaba contemplada en el ámbito penal, en el Estatuto Jurídico de la Víctima del Delito, y que ahora se extiende al ámbito civil, notarial etc. Se trata de un profesional experto que realiza tareas de adaptación y ajuste necesarios para que la persona con discapacidad pueda entender y ser entendida.

Otras de las características de la Ley es que exige la adaptación de los procesos judiciales, para que sean accesibles y de fácil comprensión para las personas con discapacidad, por lo que los profesionales deberán estar sensibilizados y formados para atender de manera eficaz a estas personas.

VÍDEO COMPLETO DE LA JORNADA

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